ANFACO-CECOPESCA defiende la idoneidad del atún congelado en salmuera para consumo humano directo

Oct 23, 2017

En primer lugar, hoy día 23 de octubre está previsto en Madrid, la reunión final de cierre de la inspección conjunta Comisión Europea‐España, en la que se expondrán las conclusiones derivadas de la misma para evaluar el sistema de controles en el sector pesquero.
De confirmarse lo avanzado en las últimas noticias publicadas en prensa, en el sentido de impedir que el atún congelado en salmuera no pueda ser destinado más que a la elaboración de conservas, es probable se produzca un grave impacto en la economía gallega y de otras CC.AA., por la destrucción de empleo que la paralización de actividad de las mismas podría acarrear, y ello pese a que tales industrias trabajan dentro de unos estándares rigurosos en materia de calidad y seguridad alimentaria.
Sin perjuicio de no poder anticipar el resultado final de la inspección conjunta Comisión Europea‐España, ANFACO-CECOPESCA ha estudiado en profundidad, y bajo distintas perspectivas (de conformidad legal, de seguridad alimentaria y ambiental), la idoneidad de la utilización de la salmuera en alguna de las fases de la congelación de los túnidos a bordo sin que se hallan revelado riesgos higiénico-sanitarios asociados a dicha técnica.
El Reglamento (CE) Nº 853/2004, permite que el pescado entero congelado en salmuera y destinado a la fabricación de conservas se almacene a temperatura no superior a -9ºC. No obstante, el sector considera que la congelación inicial en salmuera, como fase inicial de congelación, no invalida un destino final distinto a la elaboración en conserva, siempre y cuando se demuestre documentalmente que se alcanzan temperaturas de almacenamiento no superiores a -18ºC, máxime cuando la trazabilidad permite identificar y segregar las partidas que van destinadas a otras elaboraciones de las destinadas a conservas.
Conviene recordar que los operadores, hasta la fecha, están trabajando con documentos de trazabilidad, como los certificados sanitarios, que amparan el destino para otras elaboraciones. Por lo tanto, los operadores utilizan los elementos que la normativa vigente pone a su alcance y en caso de que debieran ser perfeccionados o completados con otra documentación de acompañamiento, ésta debería implementarse bajo las directrices que al efecto pudiera dictarse por la autoridad competente.
 
 
Además, desde una perspectiva de la gestión sostenible de los recursos, limitar el destino final del pescado, debido a la utilización de la salmuera en una de las fases de congelación, impediría que un pescado congelado en tales condiciones, si no tiene un comprador prefijado, no pudiera ir destinado a una comercialización diferente a la conserva. Contemplar un destino comercial con amplio espectro y con independencia del proceso de congelación utilizado, racionaliza los recursos pesqueros disponibles y favorece su inmediata comercialización.
ANFACO-CECOPESCA defiende los legítimos intereses de los operadores que han modernizado sus buques para que con la utilización combinada de salmuera y frío seco, puedan alcanzarse temperaturas inferiores a -18ºC, habilitando así un destino para otro tipo de preparaciones diferentes a la conserva.
ANFACO-CECOPESCA considera que los datos objetivos que aporta el reciente informe de evaluación de las alertas por histamina de la EFSA, además del estudio específico desarrollado por ANFACO-CECOPESCA, acredita que el atún congelado en salmuera no es el origen de las recientes intoxicaciones por histamina, sino la utilización indebida de ciertos aditivos que enmascara el estado real de frescura, y esta consideración debe quedar muy clara para despejar cualquier duda sobre la seguridad y calidad del atún congelado en salmuera.
Destacar que durante el desarrollo de la inspección conjunta Comisión Europea‐España, ANFACO-CECOPESCA ha mantenido un diálogo constante con los representantes de las Administraciones implicadas en tal visita de inspección (Oficina Alimentaria Europea; Agencia Española de Seguridad Alimentaria, Consumo y Nutrición; Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente; y Xunta de Galicia), así como con las empresas inspeccionadas en el marco de la misma, en defensa de los intereses del sector y adecuada implementación de la normativa comunitaria.
Además, desde ANFACO-CECOPESCA mantenemos constantemente una línea de colaboración responsable con las Administraciones para mejorar los niveles de seguridad alimentaria, aportando todos aquellos estudios, datos e informaciones que permiten configurar propuestas e interpretaciones normativas en defensa de la seguridad alimentaria y protección al consumidor.
Recordemos que en el año 2010 se suscitaron dudas interpretativas sobre la aplicación del Reglamento (CE) Nº 853/2004, respecto a las condiciones de almacenamiento del atún congelado en salmuera y las mismas fueron solventadas mediante la modificación del mismo, sin perjudicar la seguridad jurídica de los operadores ni menoscabar la seguridad alimentaria.
Por ello, abogamos por la adopción de medidas equilibradas basadas en el análisis de riesgos y que no lesionen innecesariamente una cadena de valor consolidada y que actúa de manera responsable, aplicándose las medidas legislativas que se estimen oportunas para dar amparo legal a estas prácticas.
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