SATISFACCIÓN POR EL ACUERDO IN EXTREMIS QUE GARANTIZA LOS FLUJOS COMERCIALES PREFERENCIALES DE PRODUCTOS PESQUEROS ENTRE EUROPA, MARRUECOS Y EL SÁHARA OCCIDENTAL

Oct 6, 2025

El sábado hubiera entrado en vigor la sentencia del TJUE inaplicando las preferencias arancelarias del Acuerdo de Asociación otorgadas a Marruecos sobre los productos originarios del Sáhara Occidental.

Desde ANFACO-CYTMA se estimaba un impacto superior a los 30 millones de euros anuales en tasas arancelarias.

En su sentencia de 4 de octubre de 2024 correspondiente a los asuntos acumulados C-779/21 P y C-799/21 P, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que cualquier acuerdo con el Reino de Marruecos relativo al Sáhara Occidental debía contar con el consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental, implicando una inaplicación de las preferencias arancelarias existentes, y otorgando un plazo de un año para su entrada en vigor. Es decir, se terminaría el pasado sábado, 4 de octubre 2025, las preferencias arancelarias sobre los productos pesqueros originarios del Sáhara Occidental.

Sobre lo anterior, desde ANFACO-CYTMA se ha estado trabajando tanto con el Gobierno de España como con la Comisión Europea a fin de solicitar una solución que evitase una disrupción comercial y se mantuvieran los flujos comerciales en el abastecimiento de materia prima para las fábricas españolas. Para ello, se determinaron los impactos socioeconómicos de la pérdida de preferencias arancelarias, que podrían superar los 30 millones de euros anuales en tasas arancelarias.

Como referencia de partidas de abastecimiento de materias primas congeladas provenientes de Marruecos y Sáhara Occidental, durante el año 2024 se importaron un total de 29.269 toneladas de pulpo, 15.380 toneladas de sardina pilchardus, 13.626 toneladas de sepia, 20.336 toneladas de calamares o 3.232 gambas de altura, entre otras. Acumuladas, dichas partidas ya supondrían más de 610 millones de euros en valor, representando dichos territorios una zona estratégica para el comercio pesquero con la industria española.

Para satisfacción del sector, el pasado viernes 3 de octubre, a un día de la finalización del plazo otorgado por el TJUE,  se publicó en el DOUE (2025/2042) la Notificación relativa a la aplicación provisional del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos, mediante el cual se modificaron varios protocolos del Acuerdo con el fin de establecer una base jurídica para otorgar las preferencias arancelarias establecidas en el Acuerdo de Asociación a las mercancías originarias del Sáhara Occidental. Dicho acuerdo se aplica de manera provisional a partir del mismo día, a la espera de que el Parlamento Europeo de su consentimiento, cuestión que espera se produzca en próximas semanas.

Los productos originarios del Sáhara Occidental sometidos al control de las autoridades aduaneras del Reino de Marruecos se beneficiarán de las mismas preferencias comerciales que las concedidas por la Unión Europea a los productos cubiertos por el Acuerdo de Asociación.

“Existía una gran incertidumbre que ha sido zanjada, justo en el límite. Las fábricas españolas necesitan seguridad jurídica y un marco estable para garantizar su actividad y provisión de alimentos pesqueros, asequibles y sostenibles, a los consumidores. Agradecemos el esfuerzo y flexibilidad de la Comisión Europea ante una situación compleja. El Sáhara Occidental y Marruecos nos proveen de materias primas muy importantes como pulpo, sardina, sepias o calamares congelados. La resolución positiva viene en un momento clave para negociar satisfactoriamente nuevos contratos durante las ferias de ANUGA y CONXEMAR que están teniendo lugar.“, Roberto Alonso, secretario general.

Para resolverlo técnicamente, la propuesta incorpora un nuevo Acuerdo en forma de Canje de Notas para que aquellas partidas originarias del Sáhara Occidental que estén sometidas al control de las autoridades aduaneras marroquíes, se identifiquen mediante una referencia al territorio de origen del producto, tal como se indica en el certificado de origen que acompaña a dichos productos en el momento de su importación en la Unión.

 

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